El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico abrió una consulta pública sobre comunidades energéticas, con el objetivo de conocer la visión de todos los actores involucrados sobre aspectos clave en la transposición de la normativa europea en el territorio español.
Desde Ecoserveis hemos reflexionado sobre los criterios mínimos que debería cumplir el desarrollo de comunidades energéticas en España:
- Las comunidades energéticas deben ser figuras claramente definidas y la participación en ellas por parte de la ciudadanía debería ser sencilla, sin trámites ni gestiones inacabables o complicadas que dificulten su funcionamiento.
- Simplificación y formalidad de las comunidades energéticas. De la forma como están planteadas actualmente, sólo aquellas personas con los conocimientos técnicos, legales y financieros pueden desplegar una comunidad energética. Es de máxima importancia restarles formalidad y hacerlas más accesible al conjunto de la ciudadanía, ya que si se convierten en figuras muy restrictivas no van a cumplir su misión. Para una comunidad de propietarios, por ejemplo, puede ser muy interesante constituirse como comunidad energética, pero los órganos de decisión en estas figuras jurídicas son inestables, con poco acceso a la información (poco tiempo, desconocimiento, etc.). Si la prioridad es realmente incrementar la penetración de la ciudadanía, deberían constituirse como figuras muy sencillas, operativas y con gancho (bonificaciones, por ejemplo) para la ciudadanía.
- La normativa puede detallar los múltiples servicios que puede ofrecer una comunidad energética (generación, gestión de la demanda, servicios de eficiencia energética, etc…) pero sin limitar otras posibilidades.
- Es necesario incluir factores socio económicos y culturales en su abordaje, identificar factores que pueden limitar a ciertos colectivos (por ejemplo: el fomento a través de medios digitales puede significar un avance positivo y al mismo tiempo dejar fuera a personas sin acceso o dominio de las herramientas digitales. Otros colectivos pueden quedar atrás por limitaciones económicas, etc.). Se deben establecer mecanismos para garantizar que la participación en comunidades energéticas (tanto en lo que respecta a la información como a la pertenencia a ellas) no deje a nadie atrás.
- España debería apostar claramente porque la ciudadanía pueda adquirir y gestionar las redes de distribución de energía.
- El despliegue normativo de las comunidades energéticas debe ir acompañado del despliegue de una campaña informativa, formativa y de sensibilización para una afiliación masiva a las comunidades energéticas por parte de la población general, entidades, administración local y PYMES.
- La organización de cada comunidad energética debería fijarse internamente a través de unos estatutos con unas normas básicas de participación. Pero en ningún caso la limitación económica debería ser una barrera de acceso. Los derechos y obligaciones económicas deberían regularse en régimen interno en función de los servicios a los que se acceda.
- Es interesante promover en esta fase inicial pruebas piloto a diferentes niveles como espejo para la ciudadanía. No sólo ejemplos de grandes comunidades energéticas sino de tipologías variadas, para permitir compromisos mayores o menores y que el tamaño de la misma no constituya un freno a su desarrollo.
- Existen múltiples formas jurídicas formales e informales que pueden explorarse como espejo para las comunidades energéticas como las cooperativas energéticas, las asociaciones, las juntas vecinales, las comunidades de propietarios, las comunidades regantes o la creación de servicios de ventanilla única para promover comunidades energéticas más allá de los grupos de afinidad como la que propone el proyecto UP-STAIRS en el que participamos
- Para las comunidades de energía renovable, aprovechar el potencial del District Heating para la distribución de calor/frío en la implantación de un modelo de comunidades energéticas que también considere la distribución de energía térmica.