Sabes que tu nombre, tu DNI y dirección postal son datos personales. ¿Pero sabías que también lo son tus hábitos de consumo eléctrico?
¿A qué hora entras y sales habitualmente de casa? ¿Cuántas personas conviven? ¿A qué hora se va a dormir? Esta información tan sensible podría saberse fácilmente al consultar de forma simultánea dos datos relacionados con la energía doméstica: las Curvas de Carga Horaria (CCH, que son las medidas del uso energético por horas de cada persona con un contrato de electricidad) y el Código Universal del Punto de Suministro (CUPS, que vendría a ser el DNI eléctrico de cada vivienda).
¡Pero atención! Antes de asustarte ante una posible invasión a tu privacidad, vamos a ver sus implicaciones en detalle:
La información contenida en estos registros fue clasificada como datos personales por el Tribunal Supremo en una sentencia de 2019 . En concreto, explicaba que
“… el operador de sistema con la información relativa a la curva de consumo horario y el código del punto de suministro no puede conocer la identidad del usuario, pero posteriormente, en su condición de responsable de sistema de medidas, puede hacer uso de las facultades de inspección y, en el curso de una investigación concreta sobre el correcto funcionamiento de los sistemas de medición, solicitar de las distribuidoras los datos de ubicación concreta de los datos de ubicación concreta proporcionárselo. Existe, por tanto, una vía legal para que el operador de sistema pueda solicitar y obtener de la compañía distribuidora los datos adicionales que permitan determinar la ubicación concreta del punto de consumo (su dirección) y con esta información, y sin mucha dificultad, poder conocer la identidad del titular de la vivienda o el usuario de la misma.”

¿Qué es exactamente el CUPS?
Se trata de un código de 20 a 22 caracteres alfanumérico. Este código, único para cada punto de suministro, no identifica directamente a la persona usuaria ni a la persona titular del contrato de suministro, sino al aparato de medición. Cada contador tiene uno, así que si cambias de casa, el CUPS que verás en tu factura será el del contador de tu nueva vivienda.
¿Y por qué son datos personales las curvas de carga horaria?
Porque, si se combinan con otra información, a la que pueden tener acceso especialmente organismos oficiales, permiten la identificación de la persona titular del contrato de suministro.
¿Para qué se utiliza esta información?
Las empresas distribuidoras registran y consultan habitualmente las CCH y el CUPS para cumplir con algunas de sus funciones , como realizar la lectura de los contadores y facilitarla a las empresas comercializadoras, que la utilizan para emitir las facturas correspondientes a cada persona titular de un contrato de suministro.
¿La distribuidora puede compartir mis datos?
En casos muy concretos puede compartirla con el ente operador del sistema eléctrico en territorio español (Red Eléctrica Española), cuando así lo solicite para llevar a cabo tareas de inspección . El objetivo principal de éstas es verificar que las medidas de un contador que se han remitido por un distribuidor al concentrador principal coinciden con las medidas registradas en el contador de una persona usuaria o, en todo caso, verificar el correcto funcionamiento de los equipos. Esta inspección está vinculada con contratos libre y legítimamente aceptados por las personas titulares y cuya ejecución requiere, según las normas sectoriales, la realización de controles.
¿Cómo puedo saber si mis datos de consumo eléctrico están siendo tratados de la forma correcta?
La Ley Orgánica de Protección de Datos (3/2018, de 5 de diciembre), mejor conocida como LOPD, regula la forma en que deben tratarse nuestros datos personales y adapta la legislación española al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales.
La LOPD establece los mecanismos para garantizar los derechos de las personas en cuanto al tratamiento de sus datos personales. Por ejemplo, la necesidad de solicitar el consentimiento previo cuando la información personal se comunique a terceras personas para el cumplimiento de fines directamente relacionados con funciones legítimas.
Entonces, ¿la comercializadora necesita mi consentimiento previo para compartir mis datos de consumo eléctrico con el operador del sistema?
En este caso, no es necesario. Se considera que ésta es una de las excepciones previstas en la LOPD. Cuando responde al ejercicio de su función supervisora , la cesión de datos al operador del sistema eléctrico se realiza por una razón de interés general : una inspección normativamente reconocida, ordenada previamente por la Administración o por un ente regulador y limitada a determinados lugares y períodos. Es decir: comprobar que los contratos de suministro cumplen con la ley. Si se tratara de una cesión por otros motivos legítimos, sí se requeriría autorización explícita de la persona interesada.
¿En qué momento deberían pedirme el consentimiento?
Si se realizan actividades de asesoramiento energético y optimización tarifaria , es imprescindible contar con el consentimiento explícito de la persona de la que se tratarán los datos energéticos. Éste, además, debe ser informado: es necesario conocer en detalle qué usos se dará a la información y cómo ejercer nuestros derechos regulados por la LOPD. Como personas usuarias de estos servicios, tenemos derecho a proteger nuestra información y acceso a los datos, ya asegurarnos de disponer de toda la información necesaria antes de dar nuestro consentimiento para su uso. Al acceder y tratar nuestros datos energéticos, las empresas proveedoras del servicio de asesoramiento energético están obligadas por ley a solicitarnos esta autorización y ofrecernos suficientes garantías de cumplimiento con la normativa vigente.
Para saber más
Puedes consultar más información sobre tus derechos en el ámbito de protección de datos en la web de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT).